El canciller Elmer Schialer afirmó que el Perú actuó conforme a sus compromisos internacionales al otorgar un salvoconducto a Nadine Heredia, quien solicitó asilo en la embajada de Brasil en Lima. Schialer indicó que la decisión se basó en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Heredia, condenada junto a su esposo Ollanta Humala por lavado de activos, recibió el salvoconducto para abandonar el país junto a su hijo menor. La Cancillería sostuvo que el Perú cumplió con sus obligaciones internacionales en este proceso.
La decisión ha generado críticas de sectores políticos y de la opinión pública, cuestionando la celeridad y legalidad del procedimiento. Sin embargo, el Ministerio de Relaciones Exteriores reiteró que actuó en línea con la política exterior del país y sus compromisos internacionales.
«En ese sentido, en virtud del artículo XII de la Convención de Caracas, el Perú como Estado territorial, tiene la obligación de actuar sin dilación y, conforme el referido artículo a dar inmediatamente, salvo fuerza mayor, las garantías necesarias a que se refiere el artículo V y el correspondiente salvoconducto”, refirió el canciller.
El caso de Heredia ha reavivado el debate sobre el uso del asilo diplomático en el Perú, especialmente en situaciones que involucran a figuras políticas condenadas por corrupción.