La Comisión Permanente del Congreso ha aprobado una nueva norma que exige a los organizadores de espectáculos devolver el valor total de las entradas en caso de cancelación, reprogramación o cambio de condiciones de conciertos. Esta iniciativa busca proteger a los consumidores y que las productoras devuelvan el dinero cuando los conciertos no se realicen o cambien drásticamente.

“Según Indecopi, en 2024 se registraron más de 5 mil reclamos vinculados a la cancelación o modificación de eventos, lo que representa un incremento del 18% en comparación con el año anterior”, señala Milagros Torres, subdirectora académica de la Facultad de Negocios de Zegel.

Este dictamen es el primer paso hacia una reforma más amplia que busca garantizar el respeto de las empresas hacia sus clientes. Asimismo, se busca frenar abusos que enfrentan los consumidores al momento de comprar entradas para espectáculos que terminan cancelados.

Ley que facilita la devolución de entradas

El procedimiento aplicará no solo si el evento se cancela, sino también si se cambia de fecha, lugar o formato, y el consumidor no acepta las nuevas condiciones. En caso de que exista un remanente que no pueda ser devuelto en un periodo de 120 días, este será transferido al Indecopi. En cuanto al proceso de devolución del dinero, este deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde que se confirme la cancelación o modificación sustancial del espectáculo.

“El 67% de los consumidores peruanos considera que las empresas de entretenimiento no cumplen adecuadamente con las condiciones ofrecidas, según un estudio de Ipsos de 2023. Esta ley empuja a las productoras a formalizar sus procesos y a ser más rigurosas en la gestión de sus eventos”, afirma Milagros Torres.

Por otro lado, Indecopi podrá sancionar con mayor claridad a los proveedores que incumplan la obligación de reembolsar a los usuarios.