AGENCIAPRESS NOTICIAS.- La situación de emergencia que atraviesa nuestro país y el mundo por la pandemia del COVID-19 afecta de una manera más grave a las personas en situación con discapacidad y en pobreza y pobreza extrema, sin embargo, la mayoría de ellos no ha recibido el bono de 380 soles ni tampoco víveres por parte de sus municipalidades.
Al respecto, la Fraternidad Cristiana de Personas Enfermas y con Discapacidad (FRATER) se pronunció sobre las medidas adoptadas por el gobierno para prevenir el contagio del COVID-19 en nuestro país y lamentó la falta de políticas públicas que garanticen asistencia prioritaria de las necesidades básicas de las personas con discapacidad en estos momentos de crisis.
Maritza López, coordinadora de la FRATER señaló que la condición de discapacidad puede venir acompañada por otras enfermedades congénitas o adquiridas que incrementan el riesgo de contagio por el COVID-19, a lo que suma la pobreza y extrema pobreza en la mayoría de la población con discapacidad que no cuenta con recursos económicos para su sustento diario, alimentos, pago de alquiler de sus casas, medicina, entre otros.
“La condición de discapacidad en muchas familias peruanas afecta no solo a un miembro de la familia sino que son padres con discapacidad, hijos con discapacidad, adultos mayores en situación de discapacidad, que hoy viven de la caridad de los vecinos”, afirmó López.
Asimismo, otras organizaciones de mujeres con discapacidad como la Comisión de Damas Invidentes del Perú (CODIP) y la Federación Nacional de Mujeres con Discapacidad del Perú (Fenamudip) señalaron en un comunicado que la situación de emergencia por la pandemia revela la falta de interés de los gobiernos de turno por impulsar políticas públicas que consideren a las personas con discapacidad y sus necesidades, empezando por contar con una estadística actualizada y real de este grupo de personas que supera el 10 por ciento de la población en el país.
Cabe resaltar que el Perú es uno de los países firmantes de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad la misma que en su artículo 11 “emergencias humanitarias” dejan claro el compromiso que tiene el estado para con este grupo vulnerable a fin de proteger y dirigir la ayuda social urgente que necesitamos las personas con discapacidad.